Aguas Blancas y Salvador Mazza acudieron a la Justicia por el comercio fronterizo
El planteo cuestiona la Resolución General 5910/2026 y solicita una medida cautelar mientras se analiza su legalidad. La normativa fija un límite diario y excluye determinados productos del régimen de tráfico vecinal fronterizo.
El conflicto por las nuevas restricciones al comercio fronterizo en el norte de Salta llegó a la Justicia. Desde Aguas Blancas y Salvador Mazza impulsaron una acción de amparo colectivo contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la cual buscan frenar la aplicación de la Resolución General 5910/2026, que establece límites al traslado de mercaderías bajo el régimen de tráfico vecinal fronterizo.
La presentación, fechada el 19 de octubre, cuestiona las disposiciones nacionales por considerar que afectan directamente la actividad económica de dos localidades cuya dinámica comercial depende, en gran medida, del intercambio con Bolivia. Además de pedir que se analice la legalidad de la normativa, los impulsores de la acción solicitaron una medida cautelar de no innovar con efecto suspensivo para evitar que las restricciones continúen aplicándose mientras se resuelve el planteo de fondo.
El reclamo judicial representa un nuevo capítulo de un conflicto que comenzó a tomar fuerza el 10 de octubre, cuando entraron en vigencia las modificaciones dispuestas por ARCA. Desde entonces, comerciantes, cámaras empresariales y autoridades locales advirtieron sobre las consecuencias que podrían generar las limitaciones en una región donde el intercambio comercial constituye una fuente importante de ingresos y empleo.
Qué establece la resolución de ARCA
La Resolución General 5910/2026 fue publicada en el Boletín Oficial el 9 de octubre y modificó las condiciones del régimen de tráfico vecinal fronterizo, previsto para residentes de zonas limítrofes.
Entre los principales cambios se encuentra el límite de 150 dólares diarios por persona para el egreso de mercaderías argentinas mediante ese régimen. La normativa también excluye determinados productos y presentaciones, entre ellos trigo, soja y maíz, combustibles transportados en recipientes no habilitados y mercaderías acondicionadas en envases iguales o superiores a 10 kilos, o su equivalente en volumen.